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A. NATURALEZA DEL CONTRATO:
Un contrato de conservación por estándares, resultados o nivel de servicio, se caracteriza porque la empresa responsable debe mantener los caminos siempre mejor que el estado o condición que se haya predefinido. El estado se determina a través de varios indicadores aplicables a las diferentes obras que tiene un camino, a los cuales se fijan límites admisibles hasta los cuales podrán evolucionar, pero no sobrepasar.
Bajo un esquema como el señalado, el contratista este estimulado a maximizar la productividad de los recursos de que dispone, buscando soluciones de mejor calidad y mayor duración, puesto que su responsabilidad es alcanzar resultados concretos en cuanto a estado de veras, mes que conformarse con ejecutar determinadas cantidades de obras. Ello puede conducir a aumentos de eficiencia en los procedimientos, así como mejoras en la calidad de ejecución de los trabajos. Además, con el tiempo, el sistema estimula la introducción de nuevas y mejores tecnologías. En resumen, la gestión de conservación busca la optimización de las actividades de conservación a largo plazo, respetando las condiciones de estado que se hayan preestablecido.
Un contrato de conservación por
niveles de servicio se caracteriza también por la forma en que se
efectúan los pagos. En un contrato de este tipo no se pagan por
cantidades de obra ejecutadas en las distintas actividades de conservación,
si no por el cumplimiento del estado mínimo aceptable. Ello difiere
de los sistemas tradicionales de contratos, en lo que por pagarse a precios
unitarios, se estimula la ejecución de una mayor cantidad de obras.
La inspección o supervisión que debe efectuar el mandante
(agencia vial) es de otra índole, reduciéndose significativamente
el volumen de ella.
El Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección General de Caminos, con el fin de poder efectuar los trabajos para la ejecución del proyecto procede a realizar el presente concurso de contratación, cumpliendo para efecto con los requisitos establecidos en las leyes del país relacionadas con el procedimiento a seguir para el logro de la contratación de los trabajos del proyecto.
Para establecer las formalidades que garanticen tanto al Estado como a la Empresa que ejecute los trabajos del proyecto se procedió a la elaboración de las presentes bases de contratación que contienen las normas que rigieren.
Estas Normas tiene por objeto informar
a los contratistas de la actividad de Limpieza de Derecho de Vía,
Cunetas y Estructuras de Drenaje, y de los procedimientos que deben seguir
para el adecuado desarrollo de los trabajos a contratar, a efecto de obtener
Economía y eficiencia en la ejecución del proyecto.
2. INVITACION:
Guatemala,
Sector
2.- El trabajo consiste en la Limpieza del Derecho de Vía, Cunetas y Estructuras de Drenaje del tramo, a efectos de que se cumpla con las Especificaciones especiales de Mantenimiento y las Bases de Contratación correspondientes.
3.- El período contractual de los servicios de Limpieza del Derecho de Vía, Cunetas y Estructuras de Drenaje será de cuarenta meses (40 meses) calendario.
4.- Copia de las bases de contratación correspondientes, se proporcionarán en COPIFIEL, 20 calle 15-80 zona 10, mediante el pago respectivo y la presentación de la boleta adjunta.
5.- Las propuestas deberán identificarse
de la manera siguiente:
NOMBRE DE LA
FIRMA:________________________________________________________
TELEFONO:_____________________ TELEFAX _______________________
6.- La recepción de ofertas se hará en la División de Mantenimiento por Contrato en la Dirección General de Caminos, situado en la Finca Nacional "La Aurora", Salón número 7, zona 13 de la Ciudad de Guatemala, el día 05 de noviembre de 1,996 de las 09:00 - 16:00 horas.
Con un atento saludo,
Adjunto:
- Cuadro de cantidades de Trabajo.
- Boleta para la adquisición de
documentos de contratación.
Ver Anexo contenido en invitación a ofertar.
4. REQUERIMIENTOS Y SERVICIOS INCLUIDOS
El contratista debe aportar todo el equipo, herramientas, mano de obra y personal necesario para la ejecución de los trabajos de "EL PROYECTO", y que se indica en las condiciones y especificaciones de estas bases.
5. FUENTE FINANCIERA
Los gastos derivados del contrato deben ser pagados en moneda nacional quetzales y/o documentos de valor mediante recursos internos de la República de Guatemala.
6. COSTOS DE CONTRATACION
El contratista debe sufragar todos los costos relacionados y derivados de preparación y presentación de su oferta.
7. DOCUMENTOS DE CONTRATACION
Los documentos de contratación los
constituyen:
b. Bases de contratación (instrucciones).
c. Especificaciones especiales.
d. Garantía de sostenimiento de
oferta.
8. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LAS BASES DE CONTRATACION
Cualquier información adicional requerida por los oferentes relativas a significado o interpretación de las bases de contratación debe ser solicitado por escrito, en original y copia dirigida a:
Cualquier modificación o ampliación que se haga a estas bases de contratación será notificada mediante APENDICE que se entregará a los interesados, personalmente en las oficinas de la "DIVISION".
El contenido de la oferta debe ser redactada en idioma español.
10. PRINCIPIO Y TERMINACION DEL TIEMPO DEL CONTRATO
El período contractual principia el día en que se le notifique al contratista, en el Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas o en la Dirección General de Caminos, la transcripción del acuerdo ministerial que aprueba el contrato suscrito. Los trabajos deben iniciarse el dos de enero de 1,997. Los trabajos deberán quedar satisfactoriamente terminados el veinte de abril del año 2,000.
Siendo que el plazo contractual es el período
en meses calendario que dispone "EL CONTRATISTA" para cumplir con el objeto
del contrato, se establece que el plazo contractual es de 40 meses calendario
y el inicio de los trabajos es a partir del día dos de enero de
mil novecientos noventa y siete (2 de enero de 1,997) y finalizará
el día veinte de abril del año dos mil (20 de abril del 2,000).
11. CONDICIONES PARA LA PREPARACION
Y PRESENTACION DE LAS OFERTAS
El Oferente acepta, desde el momento de presentar su oferta, todas las condiciones de las presentes bases de contratación.
El concursante esta sujeto en todo a las leyes de la República de Guatemala.
No se toman en cuenta las propuestas que no se ajusten a estas bases de contratación.
Sólo pueden presentar oferta las firmas que habiendo sido declaradas elegibles sean invitadas al concurso.
Los oferentes deben estar registrados o tener en trámite su inscripción en el registro de precalificados del Ministerio de Comunicaciones Transporte y Obras Públicas, sin embargo previo a la suscripción del contrato, deberán estar inscritos.
Los oferentes deben presentar su oferta de acuerdo a las condiciones que se indican en las bases de contratación, especificaciones técnicas, Especificaciones especiales e invitación a ofertar. No se aceptaran ofertas alteradas o condiciones que la modifiquen. Los oferentes previo a presentar su oferta, deben examinar y estudiar cuidadosamente las bases de contratación, además sujetarse a todas las leyes vigentes de la República de Guatemala.
La oferta y todos los otros documentos que se incluyan en la plica, deben ser cuidadosamente redactados, escritos a máquina, en español, no debe de contener errores, adiciones, borrones, raspaduras, enmiendas, entrelineados o adiciones. El incumplimiento de esta condición originará el rechazo de la oferta.
Las propuestas deben presentarse en la División de Mantenimiento de Carreteras por Contrato, en el lugar y fecha indicada en la invitación.
Una sola propuesta por contratista.
Se permite únicamente la presentación
de una propuesta al Contratista por invitación recibida. El incumplimiento
de esta disposición es motivo para rechazar sus propuestas.
Rechazo de Propuesta
La Comisión Receptora, Calificadora y Adjudicadora rechazar las Propuestas que no se ajusten a los requisitos establecidos en estas bases de contratación o cuando las calidades y otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Estado.
Derecho de Prescindir
"EL MINISTERIO" puede prescindir de la
negociación en cualquier fase en que esta se encuentre, pero antes
de la suscripción del contrato respectivo, de acuerdo a lo indicado
en el artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto
57-92 del Congreso de la República.
12. CONTENIDO DE LA OFERTA
Los oferentes invitados a cotizar los trabajos requeridos por el Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, deben preparar, para entregar en el lugar, fecha y hora indicada en la invitación, la documentación necesaria para poder calificar su propuesta, su capacidad, alcance de los trabajos a ejecutar, metodología de los servicios propuestos y el personal asignado para su ejecución, documentación que debe comprender, sin limitarse a ello, lo siguiente:
Información de tipo general
La propuesta: Debe estar firmada por el oferente o su representante legal; la propuesta debe incluir el nombre del oferente y la dirección de la oficina principal.
Se deben incluir los siguientes documentos:
2- Declaración Jurada en acta notarial en donde se haga constar que ni el Representante legal individualmente considerado ni la Empresa que representa, son deudores morosos del Estado ni de las Entidades a que se refiere el artículo 1 de la ley de Contrataciones del Estado o en su defecto compromiso formal de que en caso de adjudicársele la negociación, previo a la suscripción del contrato acreditará haber efectuado el pago correspondiente, según se establece en el artículo 19 numeral 10.
3- Declaración jurada en acta notarial o con firma legalizada por notario que se refiere el artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado haciendo constar que ni el representante legal en lo particular ni la empresa que representa están comprendidos en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de la citada ley.
4- Constancia de precalificación, extendida por el registro de precalificados del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas de acuerdo con la ley o constancia de estar en Trámite.
5- Fotocopia de Patente de Comercio .
6- Trayectoria y experiencia de la empresa en el Programa de Mantenimiento de Carreteras o similares.
El oferente debe adjuntar fianza de sostenimiento de oferta a favor del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, otorgada por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en el país. La fianza de sostenimiento de oferta será del dos por ciento (2 %) del valor total de su oferta. Esta fianza cubrirá el período desde la recepción y apertura de plicas hasta la aprobación de la adjudicación. El adjudicatario deberá mantenerla vigente por un plazo de CIENTO VEINTE (120) DIAS.
13. COPIAS DE OFERTA
Todos los documentos citados, deberán ser presentados en original y dos copias claramente identificados.
14. SUBCONTRATOS
El oferente que suscriba el contrato no podrá transferir, comprometer, subcontratar, ceder su derecho a recibir pagos o hacer cualquier otra transacción sobre dichos contratos o partes de ellos.
15. APERTURA Y EVALUACION DE OFERTAS
JUNTA CALIFICADORA
La Junta de Contratación es el único órgano competente para hacer la recepción, apertura, calificación, adjudicación, rechazo y/o descalificación de ofertas. El Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas nombrará a la Junta de Contratación.
La Junta tendrá un plazo de DIEZ (10) DIAS HABILES para adjudicar. Si no fuera suficiente el tiempo la junta podrá solicitar prórroga al Ministerio, Transportes y Obras Públicas.
ACLARACION DE LAS OFERTAS
A fin de facilitar la calificación, evaluación y comparación de ofertas la Junta de Contratación podrá solicitar por escrito aclaraciones a los oferentes.
16. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
Para garantizar el cumplimiento de todas
las obligaciones estipuladas en el contrato, como requisito previo a la
aprobación del contrato por medio de acuerdo Ministerial, el contratista
deberá otorgar fianza a favor y entera satisfacción del Ministerio
de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas. Esta deberá
ser emitida por una institución afianzadora debidamente autorizada
para operar en Guatemala y de reconocida capacidad y solvencia financiera.
La garantía de cumplimiento será del diez por ciento (10
%) del monto del contrato que se suscriba. Esta garantía cubrirá:
- con el 90 % restante, el cumplimiento del contrato de acuerdo con las especificaciones, bases y demás documentos contractuales, así como de ejecución de la obra dentro del período de tiempo estipulado.
17. ANTICIPO AL CONTRATISTA
Para la Ejecución de los trabajos del presente proyecto no se otorgará ningún anticipo a la Empresa Contratista.
18. GARANTIA DE SALDOS DEUDORES
Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor del Estado, de la entidad contratante o de terceros en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza, por el cinco por ciento (5 %) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse como requisito previo para la recepción de obras. Aprobada la liquidación, sino hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.
El contratista libera al Estado, funcionarios y empleados de la responsabilidad contra cualquier demanda, reclamo, acción, juicio, gastos, costos de perjuicios que se deriven de y en conexión con las actividades del contratista al ejecutar el trabajo descrito en el contrato.
PERSONAL Y SALARIOS
Los salarios que el contratista pague a sus empleados, no deben ser inferiores al mínimo establecido por las leyes de la materia, debiendo cumplir con otras leyes y reglamentos concernientes a relaciones laborales y prestaciones sociales.
Para fines de contratación de personal, el contratista debe dar preferencia al ex trabajador de la Dirección General de Caminos.
SEGURO SOCIAL
El Contratista debe inscribirse como patrono en el Instituto Guatemalteco de Seguro Social y cumplir con todas las obligaciones patronales establecidas por dicho instituto, siendo responsable también por el cobro de las cuotas establecidas por sus trabajadores.
21. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Los trabajos de Limpieza de Derecho de Vía, Cunetas y Estructuras de Drenaje, se rigen por el contrato, estas Bases de Contratación del Proyecto, las Especificaciones Especiales de Mantenimiento de Carreteras y toda la documentación correspondiente a órdenes de cambio, órdenes de trabajo suplementario y acuerdos de trabajo extra que sean autorizados durante la ejecución del Proyecto.
El Contratista debe desempeñar su trabajo en forma coordinada, eficientemente atendiendo las indicaciones del Supervisor y colaborando con el personal profesional de la División de Mantenimiento por Contrato de la Dirección General de Caminos para la correcta y adecuada realización de los trabajos del proyecto.
Para efectos de pago, el Contratista debe presentar la documentación requerida por la División de Mantenimiento Por Contrato, la misma que debe presentar conjuntamente con la Supervisora.
La integración de la oferta debe ser expresada en quetzales.
La formula general que se desarrollara para el reajuste de precios es la siguiente:
E = Monto bruto de la estimación o pago.
C = Factor del reajuste de cada renglón que se calculara de acuerdo a la siguiente formula.
S : Sumatoria:
Ke: Coeficiente de ponderación de cada elemento dentro del renglón de trabajo del contrato.
Ie: Indice de precios del elemento en el mes a que corresponde la estimación de acuerdo al programa de trabajo vigente.
Io: Indice de precios del elemento en el mes de apertura de ofertas o de presentación de precios para trabajos extras y variaciones del contrato, a que se refiere el articulo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
25. PROGRAMA DE TRABAJO.
Por tratarse de un contrato por estándares el programa de trabajo es responsabilidad del contratista.
b) "EL MINISTERIO" o "LA DIRECCION" por ningún motivo otorgará prórroga al plazo contractual, aunque se haya autorizado suspensiones en los trabajos.
c) El contratista expresamente renuncia a compensación económica por motivo de suspensión temporal, total o parcial de los trabajos.
d) No se puede suspender la ejecución
del proyecto por falta de pago de una o varias estimaciones.
Toda controversia relativa al incumplimiento, interpretación, aplicación y efectos de los contratos, fianzas y seguros, se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, conforme lo dispuesto en los Artículos 102 y 103 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Contratista esté obligado a pagar en cada factura, el timbre de Ingeniería y debe pagar los demás impuestos que le sean aplicables a la contratación que se derive de este Concurso.
En caso de aumento o disminución del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) se harán los ajustes respectivos al contrato.
29. SEÑALIZACION TEMPORAL
Es responsabilidad del Contratista lo siguiente:
b) Mantener adecuadamente las señales.
c) No obstruir la visibilidad de las señales con el equipo, herramientas e implementos usados en las obras.
d) Retirar los dispositivos tan pronto haya cesado el motivo por el cual fueron colocados.
30. INSPECCIONES, INSPECCION FINAL, RECEPCION, LIQUIDACION Y FINIQUITO
En materia de inspección, recepción, liquidación y finiquito, deberá observarse lo que al respecto establecen los artículos cincuenta y cinco (55) al cincuenta y siete (57) de la Ley de Contrataciones del Estado y treinta (30), treinta y uno (31) y setenta y dos (72) de su Reglamento. Al concluirse el contrato, practicada la liquidación final y no surgiese ningún inconveniente, el Estado y el contratista se otorgaran finiquito recíproco en un plazo no mayor de En materia de inspección, recepción, liquidación y finiquito, deberá observarse lo que al respecto establecen los artículos cincuenta y cinco (55) al cincuenta y siete (57) de la Ley de Contrataciones del Estado y treinta (30), treinta y uno (31) y setenta para que de por cancelada la fianza de cumplimiento.
31. RESCISION
Se puede dar por terminado, rescindido
o cancelado el contrato, por las causas que señala la ley y por
las siguientes: a) Si el contratista no presentare las fianzas contenidas
en las bases dentro de los plazos establecidos en cuyo caso el contratista
no tendrá derecho a pago alguno. b) En caso de evidente negligencia
de el contratista en la prestación de los servicios contratados
o negativa infundada en cumplir sus obligaciones, y c) si el contratista
incumple con cualquiera de las cláusulas del contrato. Si el contratista
incurriere en cualquiera de los casos previstos en los incisos anteriores
el Ministerio puede cancelar el presente contrato en forma unilateral,
sin más trámite.
número de orden_____ registro______ extendida por el Alcalde Municipal de________________________ con domicilio en
(Ciudad, Departamento o Estado y País)
señalando para recibir notificaciones la oficina situada en
(Dirección, Fax y Teléfono)
De la ciudad de Guatemala; comparezco en representación o como propietario de la firma:
(Ciudad, Departamento o Estado y País)
en respuesta a la invitación a ofertar_________ del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas para la ejecución del Proyecto:
(Nombre del Proyecto)
Por este medio y a nombre de mi representada
vengo a presentar formal oferta de acuerdo con la invitación y bases
de contratación. En cumplimiento de las condiciones de esta contratación
hago constar que:
2. Aceptamos expresamente todas y cada una de las condiciones y bases de la presente contratación.
3. Nos sujetamos a todo lo estipulado en las "Especificaciones Generales para el Mantenimiento de Carreteras" a las Bases de Contratación, Disposiciones Generales, Disposiciones Especiales y documentos anexos para el proyecto.
4. Los precios que ofrecemos son fijos e inalterables.
5. La presente oferta consta de los siguientes
documentos:
5.2 Declaraciones Juradas a que se refieren los artículo 19 numeral 10 y artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado.
5.3 Garantía de Sostenimiento de Oferta.
5.4 Constancia de estar Inscrito o en trámite o en el Registro de Precalificados para Obras del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas.
5.5 Anexo 1.
5.6 Fotocopia simple de la Patente de Comercio.
5.7 Trayectoria y experiencia de la Empresa en el Programa de Mantenimiento de Carreteras y similares.
5.8 Original y dos copias de los documentos a los que se refieren los incisos anteriores.
7. En el caso de que se nos adjudique la
Contratación:
7.2 Principiaremos los trabajos el día dos de Enero de 1997.
7.3 Nos comprometemos a mantener el tramo asignado en buenas condiciones de acuerdo a los documentos contractuales dentro del plazo contractual.
7.4 Otorgaremos GARANTIA DE CUMPLIMIENTO equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del Contrato, de conformidad con lo requerido en las Bases de Contratación.
7.5 Aceptamos que el pago de los trabajos efectuados y recibidos de conformidad con el contrato, se verifique por períodos fijos de TREINTA (30) DIAS. Asimismo, aceptamos las deducciones estipuladas en las Bases de Contratación.
7.6 Nos comprometemos a dar preferencia a ex trabajadores del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas para integrar el personal de la empresa.
7.7 Aceptamos que los salarios que pagaremos a nuestros trabajadores serán como mínimo lo estipulado en la Ley.
7.8 Nos comprometemos a inscribirnos como patronos en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y a cubrir, por nuestra cuenta las cuotas correspondientes.
7.9 Hemos calculado y ofrecemos por la suma total de:
___________________________________________________________________
(ESCRITO EN LETRAS)
___________________________________________________________________
(ESCRITO EN NUMEROS)
ASIGNACION ANUAL ( 12 MESES, IVA INCLUIDO)
___________________________________________________________________
(ESCRITO EN LETRAS)
_________________________________________________________________
(ESCRITO EN NUMEROS)
ASIGNACION TOTAL DE CONTRATO ( 40 MESES, IVA INCLUIDO)
_________________________________________________________________
(ESCRITO EN LETRAS)
_________________________________________________________________
(ESCRITO EN NUMEROS)
los trabajos detallados en las Bases de
Contratación.
DEFINICION DE TERMINOS
Siempre que en estas especificaciones o
en otros documentos contractuales se usen las definiciones descritas a
continuación, su intención y significado debe ser interpretado
como sigue:
1. GOBIERNO:
La República de Guatemala, C.A. actuando por medio de sus representantes autorizados.
2. EL MINISTERIO:
El de Comunicaciones, Transporte y Obras P·blicas de la República de Guatemala.
3. DIRECCION GENERAL DE CAMINOS (D.G.C)
La dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, que tiene a cargo el planeamiento a su nivel, estudio, diseño, Construcción, Supervisión y Mantenimiento de las Carreteras de la República.
4. DIRECTOR:
El Director General de Caminos, Ingeniero Civil colegiado Activo, quien representa a la D.G.C.
5. SUB-DIRECTOR:
El Ingeniero Civil colegiado activo, quien sustituirá al Director en su ausencia.
6. DIVISION DE MANTENIMIENTO POR CONTRATO:
La Dependencia de la Dirección General de Caminos que representa a esta en las Obras para las que hubiese sido asignada y que tiene a su cargo dentro de los límites estipulados en estas Especificaciones Generales la Preparación de los documentos de Contratación de la Ejecución y la Supervisión de las obras, los asuntos técnicos y administrativos relacionados con los trabajos contratados. Depende directamente de la Dirección General de Caminos.
7. COORDINADOR:
El Ingeniero Civil Colegiado Activo quien representa la División de Mantenimiento por Contrato y es el responsable de la coordinación General de la misma depende directamente del Director.
8. SUPERVISOR REGIONAL:
El Ingeniero Civil colegiado activo, a través de quien se canalizarán las relaciones entre el contratista, el Supervisor y la División de Mantenimiento por Contrato. Depende directamente del Coordinador.
9. PROYECTO:
El Conjunto de especificaciones, disposiciones especiales y apéndices a los que debe ajustarse la ejecución de una obra.
10. ESPECIFICACIONES GENERALES:
Las contenidas en el volumen "Especificaciones Generales para Construcción de Carreteras y Puentes", de la D.G.C. de mayo de 1975 y que rigen para cualquier actividad o concepto de Obra no incluidas en Tstas Especificaciones Especiales.
11. APENDICE:
El documento que emite la D.G.C. en caso necesario para modificar cualquier requisito de las Especificaciones Especiales.
12. ESPECIFICACIONES ESPECIALES:
Las normas especiales y técnicas de Mantenimiento de carreteras contenidas en este volumen.
13. CONTRATO:
El Instrumento Jurídico suscrito entre el Gobierno y el Contratista o la Supervisión, de conformidad con las leyes de la República de Guatemala, en donde se establecen obligaciones y derechos de ambas partes.
14. CONTRATISTA:
La persona individual o Jurídica con quien el Gobierno celebra contrato para la ejecución del proyecto.
15. SUPERINTENDENTE:
El Ingeniero Civil colegiado activo representante del Contratista en el proyecto.
16. LA SUPERVISION:
La persona individual o Jurídica con quien el Gobierno celebre contrato para la Supervisión Técnica y control administrativo del proyecto y quien actuará en la representación de la Dirección General de Caminos.
17. DELEGADO RESIDENTE:
Ingeniero Civil colegiado activo, que reside y representa a la Supervisión en el proyecto.
18. OBRA:
El trabajo de Mantenimiento de carreteras a ejecutarse de acuerdo con las Especificaciones Especiales y demás documentos que formen parte del Contrato.
19. TRABAJO:
Todas las obligaciones del Contratista, contempladas y cubiertas en el Contrato y sus ampliaciones autorizadas.
20. ORDEN DE CAMPO:
La orden escrita en el lugar de la obra, que emite el Supervisor, sus Ingenieros auxiliares o inspectores expresamente facultados para ello, para que el Contratista ejecute un trabajo cubierto por el Contrato.
21. ORDEN DE TRABAJO SUPLEMENTARIO:
La orden escrita que emite el Supervisor con la aprobación de la División de Mantenimiento por Contrato, para que el Contratista ejecute cierto número de unidades adicionales de uno o más renglones de trabajo que tengan precios unitarios aprobados cuando las cantidades originales del Contrato creadas o revisadas por otro documento contractual se han agotado.
22. ACUERDO DE TRABAJO EXTRA:
La orden escrita que el Supervisor da al Contratista con la aprobación del Coordinador de la División de Mantenimiento por Contrato para que se efect·e cualquier trabajo no incluido en el contrato original. La integración de precios para estos trabajos, se efectuare de acuerdo a los rendimientos, de mano de obra, equipo, maquinaria y precios de renta, usados en la integración de precios similares a los renglones del Contrato.
23. ORDEN DE CAMBIO:
La orden que el Supervisor da al Contratista, con la previa aprobación del Coordinador de la División de Mantenimiento por Contrato, para que se efectúe cualquier cambio o modificaciones a las Especificaciones o para suprimir o disminuir las cantidades de trabajo de uno o más renglones.
24. OFERENTE:
Persona individual o jurídica que presenta una oferta.
25. ADJUDICATARIO:
Oferente que se le ha adjudicado la negociación.
Es responsabilidad del contratista mantener en forma permanentemente limpias: la superficie de rodadura y los hombros, los drenajes transversales y longitudinales, el derecho de vía, con la vegetación controlada y la remoción de derrumbes menores. Todos los trabajos deben ejecutarse antes que sobrepasen los límites admisibles de conservación, de tal manera que sean preferiblemente preventivos.
1.1.2.1 Superficie de Rodadura y Hombros.
Deberán retirarse, piedras, ramas, material suelto, basura o cualquier obstáculo que se encuentre en la superficie y obstaculice o constituya un peligro para el tránsito.
1.1.2.2 Drenajes Longitudinales.
Las cunetas, contracunetas, canales laterales y canales de desalojo (salidas) de agua deberán permanecer constantemente limpias libres de cualquier obstáculo que dificulten la libre escorrentía u ocasione empozamientos.
El material o basura removido deberá trasladarse y acondicionarse a lugares donde no constituya obstáculo a canales o pueda ocasionar posibles deslizamientos o derrumbes. En ningún caso se colocarán al pié del talud de corte.
1.1.2.3 Drenajes Transversales.
El interior de las estructuras de drenaje existentes se limpiará cuidadosamente, así como sus canales de entrada y salida, de tal forma que la escorrentía fluya libre y fácilmente en toda la longitud. El material removido deberá trasladarse y acondicionarse a lugares donde no constituya obstáculo a canales o pueda ocasionar deslizamientos o derrumbes.
1.1.2.4 Corte de Maleza.
Se tendrá a una altura máxima de quince (15) centímetros todos los arbustos, matorrales y maleza pero se dejarán los árboles que hayan crecido dentro del derecho de vía y que se encuentren a una distancia del hombro tal que no representen obstrucción ni peligro para el tránsito, y dificulten la visibilidad.
Los materiales y desperdicios que se remuevan deberán ser retirados del lugar hacia sitios de depósito de donde no puedan ser arrastrados al sistema y drenaje y que hayan sido autorizados por el Supervisor. En caso de suelos orgánicos o materiales vegetales estos pueden ser colocados sobre los taludes de los rellenos a fin de protegerlos contra la erosión, si así lo indica el supervisor, y en la forma establecida por este.
En ningún caso se permitirá la incineración de la maleza o basuras producto de la limpieza aquí especificadas y el uso de herbicidas.
1.1.2.5 Basura.
1.1.2.6 Derrumbes Menores.
Se entiende por derrumbes menores los que obstruyan cunetas, contracunetas, canales de desalojo (salidas de agua), canales de entrada y salida de alcantarillas y hombros, estos deberán removerse tan pronto como ocurran, y el material removido deberá trasladarse y acondicionarse en lugares donde no constituyan obstáculo a canales o pueda ocasionar deslizamientos o nuevos derrumbes.
1.1.3 Procedimiento de Ejecución.
Tanto para el corte de la vegetación,
Limpieza de la Superficie, Cunetas, Alcantarillas, Derrumbes. Se observará
el siguiente procedimiento:
2.- Proceder a efectuar el trabajo que corresponda.
3.- Trasladar y descargar los materiales de desecho a los lugares adecuados el mismo día de su remoción.
6.- Retirar señales y elementos de seguridad.
El contratista tendrá un plazo de noventa (90) días para normalizar el estado general del proyecto para llevarlo a los límites admisibles que indica en numeral 1.1.2; al final de los primeros treinta (30) días el supervisor evaluará el primer tercio de la longitud del proyecto, a los sesenta (60) días, evaluará además del primer tercio, el segundo tercio de la longitud del tramo y a los noventa (90) días la totalidad del tramo.
1.1.4.2 Evaluaciones de Rutina.
El Supervisor o el Delegado Residente evaluará personalmente (actividad no delegable) el cumplimiento de los límites admisibles, establecidos por el numeral 1.1.2, en caso de incumplimiento de cualquier aspecto lo debe anotar en el libro de bitácora del proyecto, teniendo el contratista, los siguientes plazos para corregir los defectos señalados así:
1.1.4.3 Evaluación Periódica.
El supervisor o el Delegado Residente deberá evaluar personalmente (actividad no delegable), periódicamente, en la misma semana de cada mes, el estado del proyecto, para lo cual debe emplear el siguiente sistema de muestreo: a) para Superficie de rodadura y Hombros (1.1.2.1), recorrido de todo el proyecto; b) para Drenajes Longitudinales (1.1.2.2), Corte de maleza (1.1.2.4), Basura (1.1.2.5) y Derrumbes Menores (1.1.2.6), en cada kilometro se evaluarán tramos de 50 metros de longitud, estando el punto inicial de cada tramo a un kilómetro de distancia del correspondiente al tramo anterior. El inicio del primer tramo se debe elegir al azar, dentro del primer kilómetro del proyecto; c) para Drenajes Transversales (1.1.2.3) se debe inspeccionar cada décima alcantarilla, siendo la primera elegida al azar, dentro de las primeras diez existentes en el proyecto.
Las deficiencias encontradas en la evaluación dentro del muestreo darán origen a los descuentos, que se estipulan en la forma de pago (numeral 1.1.5.2) y deben ser recorridas en los mismos plazos señalados en 1.1.4.2. Si ello no ocurriere, se debe aplicar además los descuentos señalados en 1.1.5.2 por incumplimiento de evaluaciones de rutina. Las deficiencias que eventualmente sean detectadas fuera del muestreo deben recibir el tratamiento de evaluación de rutina (1.1.4.2), sin que se apliquen los descuentos inmediatos correspondientes a evaluación periódica.
1.1.5 Forma de Pago y Sanciones:
1.1.5.1 Pagos.
El pago se efectuará por el precio total contratado para la conservación del tramo establecido. Este pago será por el período que fije el contrato, y es la compensación por mantener el proyecto dentro de los límites admisibles (1.1.2), la longitud total del proyecto. Este precio incluye el costo del equipo, herramientas, vehículos, combustible, lubricante, mano de obra, prestaciones laborales, y todo lo requerido para la ejecución del trabajo. Por razones de liquidez para el contratista los pagos serán efectuados periódicamente, pagándose en cada período el valor resultante de dividir el monto total del contrato por el número de períodos que lo componen (40 meses).
El pago al Contratista está sujeto a descuentos por sanciones recibidas, debido a incumplimiento tanto en la evaluación rutinaria (1.1.4.2) como en la evaluación periódica (1.1.4.3), y son aplicables según numeral 1.1.5.2
1.1.5.2 Sanciones.
a) Por cada día de atraso en corregir los defectos señalados en las evaluaciones de rutina (1.1.3.4) la cantidad de cien (100) quetzales por día.
b) Si el contratista no conserva dentro
de los límites admisibles (1.1.2), el proyecto en el período,
según resultare de la evaluación períodica (1.1.4.3),
se le aplicará un descuento, según la tabla siguiente:
1.1.2.1 Superficie de rodadura y Hombros. Q. 50.00
1.1.2.4 Corte de Maleza Q. 100.00
NOTA: Estas sanciones son aplicadas a cada uno de los tramos evaluados en 1.1.4.3.